La Corporación Colectiva Justicia
Mujer es una iniciativa organizativa que
nació a la vida jurídica el 25 de noviembre del año 2015, “Día internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres”, a partir del deseo y la coincidencia de un grupo de profesionales y amigas que soñaron trabajar por el goce efectivo de los derechos de las mujeres y el posicionamiento en la agenda pública de sus necesidades e intereses.
El punto de partida fue la convicción de que en una ciudad como Medellín, “innovadora” y modelo de desarrollo, hay aspectos que deben ser denunciados y transformados como la exclusión, la violencia y la discriminación que padecen las mujeres, que
son más de la mitad de su población.
LA CORPORACIÓN ADOPTÓ UNA DECLARACIÓN POLÍTICA DE PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA ACTUACIÓN INSTITUCIONAL Y LA TOMA DE DECISIONES ESTRATÉGICAS.
1
|| Concurrencia de apuestas feministas desde las diferencias, las subjetividades y el respeto. ||
Se intencionará el relacionamiento desde la alteridad, buscando resignificar el poder femenino a partir de lo dialógico, la creatividad como alianza existencial y política, la complicidad y la lealtad, propiciando la equivalencia, relaciones paritarias, confianza, relevo, dinamismo, reconocimiento reciproco del poder y el apoyo , preservando y priorizando los vínculos entre las “colectivas”.
2
|| Priorización del trabajo colectivo y el consenso ||
Se tendrá como punto de partida, la construcción en equipo, la co-creación desde las subjetividades, experticias y saberes propios de las mujeres, así como el carácter asambleario en las deliberaciones y decisiones trascendentales adoptadas “en Colectiva”.
3
|| Acciones innovadoras, creativas y amorosas ||
Se promoverán prácticas desde la innovación, con dinámicas flexibles, renovadoras, creativas y amorosas.
4
|| Prevalencia de “apuesta” política sobre “apuesta” económica ||
Se adoptarán decisiones administrativas y financieras en concordancia con los intereses políticos de la Colectiva, buscando tanto la materialización de sus objetivos y principios, como el posicionamiento de su agenda ante diferentes actores (cooperantes, financiadores, coparte, entre otras).
5
|| Autonomía e independencia de filiaciones político-electorales ||
Se asumirá que el uso de la plataforma de la Colectiva para la capitalización de proyectos político-electorales se aparta de sus objetivos y principios. Se reconoce la existencia de afinidades con agendas políticas, así como la posibilidad de incidir en ellas.
6
|| Construcción del saber desde la acción - participación ||
Se gestionará y divulgará el conocimiento de manera prioritaria y transversal a las líneas de trabajo, partiendo de la teoría crítica y la acción-participación. – a- gestión del conocimiento-.
7
|| Transformación de los paradigmas de la relación justicia género, desde una “vivencia alternativa del derecho” ||
Se promoverá una perspectiva de la justicia, el derecho y el género, en la que se redimensione el rol y relación de las mujeres con estos.
8
|| Impulso de cambios políticos en sincronía con la agenda de la Colectiva ||
Se priorizarán acciones con tomadores-as de decisiones en tanto busquen cambios políticos y se desarrollen a partir de una estrategia de incidencia afín con los intereses de la Corporación.
9
|| Alianzas y elección de audiencias en el marco de estrategias de incidencia política ||
Las alianzas y la vinculación a escenarios de deliberación, estarán sujetas a la adopción de estrategias de incidencia, que tenga como finalidad la búsqueda de cambios políticos a favor de una vida libre de violencias y discriminación para las mujeres.
10
|| Cooperación para la generación de estrategias jurídicas y de incidencia desde el movimiento social de mujeres ||
La Colectiva promoverá al interior de las diversas iniciativas del movimiento social de mujeres, la adopción de estrategias jurídicas y de incidencia política a favor de los DDHH de estas. – (-d- cooperación-).
11
|| Valoración de aportes y del trabajo femenino ||
Se adoptarán acciones afirmativas que promuevan el reconocimiento del trabajo y aportes de las mujeres, las cuales incluirán su priorización en procesos de selección y-o nombramientos al interior de la Corporación, siempre que cumplan con las condiciones y conocimientos requeridos. Así mismo, los cargos directivos y órganos de dirección (Dirección Ejecutiva y Sub dirección) sólo podrán ser ocupados por mujeres.
12
|| Compromiso colectivo por la sostenibilidad y la autogestión (“ninguna acción sin contraprestación”) ||
Se asume como acuerdo la búsqueda colectiva de la sostenibilidad financiera y la autogestión de bienes y-o recursos, que incluyan el pago –reconocimiento (económico o desde otras modalidades de intercambio) de las acciones y servicios creados desde la Corporación.
Somos el primer bufete de abogadas feministas expertas en justicia, género y derechos de las mujeres, creado en la ciudad de Medellín. Como entidad privada, autónoma y sin ánimo de lucro nuestro objetivo es reivindicar, promover y defender los derechos humanos y las necesidades e intereses de las mujeres, desde una perspectiva feminista, a través de acciones jurídicas, políticas y sociales, que transformen los paradigmas de la relación justicia y género.
Tenemos un equipo de abogadas expertas en justicia y género, reconocidas por su labor en defensa de los derechos humanos de las mujeres, experiencia laboral y académica en asesoría jurídica, representación legal, litigio, investigación, docencia, incidencia política, asistencia técnica a entidades públicas y privadas para el diseño e implementación de políticas públicas, marcos legales, disposiciones jurídicas y administrativas con enfoque diferencial de género. También nos acompaña un grupo de colaboradoras de distintas disciplinas, con quienes creamos justicia feminista.